El fin del procedimiento administrativo se produce cuando la autoridad emite una resolución definitiva, opera el silencio administrativo, se presenta un desistimiento, se declara el abandono o se concreta una conciliación. Estas formas garantizan seguridad jurídica, eficacia en la administración pública y respeto a los derechos del administrado. "Porque al servir a los demás seremos libres" (José María Pacori Cari).
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